Muchas parejas deciden huir de las solemnidades y de los gastos del matrimonio para hacer una vida en común.
Ahora bien, pocos conocen las verdaderas implicaciones de esta decisión.
Lo primero que quiero decirte, es que el concubinato es una especie de la unión estable de hecho y requiere para surtir efectos legales que se declare judicialmente.
Esa declaratoria judicial se impulsa en la mayoría de los casos, por la separación o muerte de uno de los concubinos para establecer los derechos patrimoniales de la comunidad de gananciales.
Una vez es declarado el concubinato por el Tribunal competente, a través de una acción mero declarativa, derivan los siguientes efectos legales:
1) Patrimoniales:
a) Los bienes adquiridos en el tiempo de duración del concubinato son de la pareja 50-50.
b) Se declara el nacimiento de los derechos hereditarios del concubino en caso de muerte del otro.
2) Familia: se presume que los hijos nacidos dentro del concubinato son de la pareja.
Existen muchos medios probatorios para probar el concubinato. Sí necesitas asesoría para saber más al respecto, solo debes hacer click aquí CLICK
Elaborado por: Abg.Jaime Cedré Carrera @jaimecedre