Paso a paso: ¿Cómo abrir una empresa en Venezuela?

En Venezuela los requisitos para constituir una Empresa varían respecto a algunas condiciones del Registro Mercantil donde decidas registrarla, sin embargo, aquí te damos los pasos definitivos que deberás pasar para registrarla:

PASO 1:

Reserva del nombre de la compañía.


Consiste en comunicar al asesor legal de tu preferencia, al menos los tres nombres que más te gusten para la denominación social de tu empresa. Con esto, el abogado al realizar la verificación en línea del nombre de tu empresa podrá saber si la misma está disponible.

PASO 2:

Elaboración del acta constitutiva.


Teniendo definido el nombre, y sabiendo el objeto de la empresa, el siguiente paso será redactar el registro de comercio u acta constitutiva de tu empresa, para lo cual deberás contratar los servicios de un abogado.

Igualmente, tienes que tener a la mano a un contador público de tu confianza, que es quien va hacer el balance de inventario de apertura, además, podrá recomendarte algún contador colegiado que cumplirá con el rol de comisario en tu empresa.

¿Cuánto es el capital mínimo para constituir una empresa en Venezuela?
Podrá variar de acuerdo con el objeto de la compañía y de la oficina de Registro Mercantil donde se realice el trámite.

En el caso de las Pyme que tenga objetos sociales básicos, el capital mínimo exigido podría ser de unos cinco mil bolívares, mientras que para una Pyme que se dedique a la tecnología y producción lo solicitado ronda los 30 mil bolívares, sin embargo, el monto inicial exigido dependerá del Registro Mercantil donde se realice el trámite, por lo cual los montos que aquí expresamos solo son referenciales. Si deseas conocer el monto preciso con el cual debes iniciar tu empresa, debes consultar con tu abogado y con el Registro Mercantil correspondiente.

Formas de justificar el capital inicial a la hora de registrar una empresa en Venezuela
No siempre es necesario contar con un contador para que realice el balance de inventario, dado que existen dos formas para justificar el monto necesario o capital inicial exigido por el Registro Mercantil.

Detallamos ambas modalidades:

a) Depósito bancario:
Consiste en la apertura de una cuenta bancaria con el nombre de tu nueva empresa en proceso de constitución, el mismo que has reservado ante el Registro Mercantil.


El banco te hará toda la tramitación administrativa y te entregará la constancia que debes consignar en el Registro Mercantil junto con el acta constitutiva de tu negocio. Es importante aclarar que, el banco no va a formalizar la apertura de esta cuenta hasta que no le lleves el documento de tu empresa debidamente registrado.

b) El balance de apertura
No es más que realizar un listado con los bienes muebles e inmuebles que tienes en tu poder y que emplearás para el funcionamiento de tu empresa, cada uno de ellos tendrá un valor monetario asignado, y la sumatoria de todos debe ser igual o mayor al monto exigido por el Registro Mercantil para la constitución de tu empresa. Esto lo tendrá que realizar un Contador Público.


El comisario de tu empresa ¿Qué hace?
La función principal del comisario es revisar la actividad económica de la empresa durante el ejercicio económico y levantar un informe, es decir, él va a revisar y determinar si se tuvo ganancia, si la empresa generó pérdidas, o si, por el contrario, si la empresa no estuvo operativa, declarará que no hubo actividad económica. El comisario estudiará y levantará un informe que debe presentarse anualmente ante el Registro Mercantill.

PASO 3:

Cargar el documento y los recuardos para la revisión prevía en el sistema SAREN EN LINEA.

SAREN: Ya puedes registrar tu empresa en línea

PASO 4:

Pago de aranceles


Una vez se cargue los documento en el sistema SAREN en línea se emitirá la planila PUB para el pago de aranceles. En el caso que se cargue una PYMES, la misma estará exonerada de aranceles y continuará el proceso hacia la revisión. En caso contrario, se deberá cancelar los aranceles en Banco correspondiente y una vez se cancelé avanzará a la revisión del documento.

PASO 5:

Consignación de documentos originales


Una vez se ha realizado la revisión previa del documento se fijará la fecha y hora en la que se deberán consignar los documentos originales en el Registro Mercantil a los fines de su útima verificación y la fijación de la fecha de protocolización.

PASO 6:

Firma de documentos

Despues de presentado los originales y revisados los mismos, el Registro correspondiente fijará la fecha y hora en la que los socios, accionistas o propietarios de la empresa, deberán firmar ante el registrador mercantil los documentos correspondientes para la formal inscripción de la empresa.

PASO 7:

Publicación en prensa


Por mandato legal, debemos publicar el acta de registro de nuestra empresa en un diario especializado en la publicación de registros mercantiles. Una vez tengamos la publicación, debemos consignar ejemplares de este periódico ante el registro mercantil.

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