Mediante la sentencia Nº507 de fecha 18 de julio del 2024, la Sala Política Administrativa, estableció que en el caso de marras el lapso para responder de la administración era de 20 días y no de 180 días, aduciendo lo siguiente: “Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la admisión de la demanda por abstención ejercida por laSigue leyendo «TSJ: Lapso para interponer una demanda por abstención o carencia administrativa»