TSJ:La acción reivindicatoria del derecho de propiedad es materia de orden público

Mediante sentencia Nº de fecha 18 de abril del 2024, la Sala de Casación Civil del TSJ, ratificó el criterio jurisprudencial, conforme al cual la acción reivindicatoria constituye un mecanismo jurisdiccional, fundamental para el derecho de propiedad, de orden público, dada la relevancia constitucional del derecho humano a la propiedad, consagrado en el artículo 115 de la Constitución, aduciendo lo siguiente: