TSJ: La tasa de cambio para la oferta real es la tasa en que se perfecciona la oferta

Mediante sentencia N°RC 31 dictada el 10.2.2022 la Sala de Casación Civil del TSJ señaló que la tasa de cambio que se debió utilizar para pagar la obligación, era la tasa de cambio del momento en que se perfecciona la oferta real, aduciendo lo siguiente: