PYMES: Una forma económica de registrar una empresa en Venezuela

¿Qué es una PYME?

PYME son las siglas que utilizamos a la hora de referirnos a la Pequeña y Mediana Empresa. Pero, ¿Cómo logramos diferenciar las Pequeñas y Medianas Empresas de las grandes industrias? Es sencillo: las PYMES son las empresas que poseen un límite de trabajadores y facturaciones anuales prefijados por el Estado o región donde la empresa se encuentra constituida. Aunque este concepto queda reducido a la producción de la empresa y la cantidad de sus trabajadores, la calificación de la misma como PYME va a variar de acuerdo al territorio.

En la legislación venezolana, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Intelectual es el instrumento jurídico que delimita y define en este caso, la Pequeña y Mediana Industria (PYMI). El artículo 5, ordinal 1 la define como: “Toda unidad organizada jurídicamente con la finalidad de desarrollar un modelo económico productivo mediante actividades de transformación de materias primas en insumos, en bienes industriales elaborados o semi-elaborados, dirigidas a satisfacer las necesidades de la comunidad”.

Según esta misma ley, consideramos que se trata de una Pequeña Industria cuando poseen una nomina promedio anual de hasta 50 trabajadores y una facturación anual de hasta 200.000 Unidades Tributarias.

Asimismo, una compañía es una Mediana Industria cuando está comprendida por una nómina promedio anual de hasta 51 trabajadores y una facturación anual desde 200.001 hasta 500.000 Unidades Tributarias.

Las Pequeñas y Medianas Empresas, o como se denominan en Venezuela, Pequeñas y Medianas Industrias tienen el potencial de ser un músculo financiero para el País, y esto se evidenció durante el 2020 ya que aún en medio de una pandemia surgieron nuevos emprendimientos. Debido a esto, el Ministerio del Poder Popular para el Comercio Nacional según lineamientos dados por el Ejecutivo Nacional con la finalidad de apoyar estas iniciativas económicas, ofrece a las Pequeñas y Medianas Empresas la simplificación del trámite para el registro de las PYMES en tres sencillos pasos:


Esta modalidad cuenta con la exoneración de impuestos de Registros y Notarías, SENIAT e Impuestos Municipales hasta diciembre de 2021. No obstante, a diferencia del trámite ordinario, no se admite que sea realizado por un abogado a menos que se trate de un emprendimiento propio; en este caso, quien precede el trámite debe ser quien es designado como presidente de la compañía en el Acta Constitutiva de la misma.

Sin embargo, no estarás solo en el Registro de tu empresa, nosotros te guiaremos en el paso a paso para que la constitución sea realizada con éxito, escríbenos aquí CLICK y te damos más información.

Elaborado por: Abg.Isabel Hands-

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