Por Abg.Joe Flores Pinto
En el litigio venezolano, la Audiencia Preliminar no es un trámite burocrático más; es la columna vertebral del proceso laboral.
Muchas personas creen que ir a tribunales significa «pelear» inmediatamente frente a un Juez, pero la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA) diseña esta primera fase con un objetivo diferente: lograr un acuerdo eficiente que evite años de juicio.
Si eres empleador o trabajador, entender qué sucede en esta etapa (Artículos 129 al 137 de la LOPTRA) es vital para proteger tu patrimonio y tus derechos. Aquí te explicamos, sin complicaciones, qué es y qué puede ocurrir realmente.
¿Qué es la Audiencia Preliminar?
Es la primera fase presencial del juicio una vez que la demanda ha sido admitida. Se celebra de forma oral y privada, dirigida por un Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución.
Es importante aclarar algo: en esta etapa el Juez NO decide quién tiene la razón. Su rol aquí no es sentenciar, sino actuar como un mediador activo para acercar a las partes y buscar una solución voluntaria. Es un espacio para negociar, no para interrogar testigos ni oponer cuestiones previas.
Los 4 Escenarios Reales: ¿Qué puede pasar ese día?
Aquí es donde la estrategia legal define el éxito. Según la LOPTRA y la jurisprudencia vigente, estos son los escenarios principales:
1. El Fin Ideal: La Conciliación (Acuerdo Total)
Este es el objetivo principal. Si las partes llegan a un acuerdo sobre los montos, el Juez lo homologa en un acta.
- ¿La ventaja? Este acuerdo tiene efecto de Cosa Juzgada (Sentencia Ejecutoria). El proceso termina allí, garantizando el pago inmediato y eliminando el riesgo de un juicio largo.
2. El Camino al Juicio: No Hay Acuerdo
Si tras agotar el debate (que puede durar hasta 4 meses en varias sesiones) no es posible conciliar, el Juez cierra la mediación.
- Consecuencia Legal: El demandado (patrono) queda obligado a presentar su escrito de Contestación de la Demanda dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
- Ojo: Si el patrono olvida contestar en este lapso, se le considerará confeso y perderá el caso.
3. El Riesgo de Faltar: Incomparecencia
La ley es severa con la asistencia (Arts. 130 y 131 LOPTRA). No ir a la audiencia es el peor error procesal:
- Si falta el Trabajador (Demandante): Se considera que desiste del procedimiento. El caso termina allí, y no podrá volver a demandar hasta que pasen 90 días.
- Si falta el Patrono (Demandado): Se da la admisión de los hechos. La ley asume que todo lo que reclama el trabajador es cierto (salvo que sea ilegal) y el Juez sentenciará a favor del demandante sin necesidad de más pruebas.
4. La Depuración del Proceso (Despacho Saneador)
Si no hay acuerdo, antes de enviar el expediente a juicio, el Juez debe «limpiar» el camino. En esta fase (Art. 134) se corrigen defectos de forma o vicios en la demanda para asegurar que el Juicio se dé sin errores procesales que causen nulidades futuras.
Recomendaciones para una Audiencia Exitosa
En Cedré Soluciones Legales sugerimos llegar preparados con tres elementos clave:
- Poderes Claros: Asegúrate de que tu abogado tenga facultades expresas para transigir, convenir y desistir, según el Código de Procedimiento Civil.
- Cuentas Claras: Asiste con un cálculo preciso de las prestaciones, intereses y salarios caídos, ajustado a la doctrina actual de la Sala de Casación Social. Improvisar montos es fatal en una negociación.
- Mentalidad de Diálogo: Evalúa objetivamente el costo-beneficio. A veces, un «mal arreglo» inmediato es financieramente más inteligente que un «buen pleito» de tres años.
Conclusión
Un manejo jurídico preciso en la Audiencia Preliminar define el éxito o fracaso de tu pretensión. Es una etapa para ahorrar tiempo, recursos y garantizar una justicia directa.
¿Necesitas asistencia especializada? No dejes tu patrimonio al azar. En Cedré Soluciones Legales contamos con el equipo de expertos procesalistas para representarte con el rigor técnico que tu caso merece.
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