Análisis Legal: Nuevos Lineamientos del TSJ para Citaciones en la Gaceta Judicial (Resolución 2025-0022)

En Cedré Soluciones Legales e Inmobiliarias, nos mantenemos a la vanguardia de las actualizaciones procesales para brindar la mejor asesoría a nuestros clientes. Recientemente, se ha dado a conocer un avance importante en la digitalización de la justicia venezolana.

A través de la Gaceta Oficial n.° 43.298 de fecha 19 de enero de 2026, se publicó la Resolución n.° 2025-0022 (dictada el 12 de noviembre de 2025 por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia). Esta resolución establece los nuevos lineamientos para la práctica de citaciones y notificaciones a través de la Gaceta Judicial, aplicables exclusivamente a las materias de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), Laboral y Agraria.

El objetivo principal de esta normativa (Artículo 1) es regular aquellos casos que, según la norma procesal, exigían la publicación de carteles en periódicos de circulación nacional o local.

A continuación, desglosamos el procedimiento paso a paso establecido desde el artículo 2 hasta el 11 de la referida Resolución:

Procedimiento para la publicación en la Gaceta Judicial

1. Procedencia de la solicitud (Art. 2): Cuando resulte imposible la notificación o citación personal (ya sea por paradero desconocido o por ignorarse quiénes son los sucesores de un fallecido), los jueces de las jurisdicciones LOPNNA, Laboral y Agraria podrán acordar, a solicitud de parte, la citación mediante la fijación de un cartel o edicto en la Gaceta Judicial del TSJ. Este documento deberá contener la identificación de las partes y del Tribunal, el objeto de la demanda, el lapso de comparecencia y las advertencias procesales de rigor.

2. Digitalización y envío (Art. 3): Una vez solicitada por la parte y verificados los requisitos, el Tribunal acordará la publicación mediante auto expreso. Las actuaciones se digitalizarán en formato PDF y se enviarán por correo electrónico a la Secretaría de la Sala de Casación Social del TSJ. El Tribunal dejará constancia impresa de este envío en el expediente físico.

3. Revisión por la Sala de Casación Social (Art. 4): La Secretaría de la Sala de Casación Social verificará que el cartel o edicto cumpla con los lineamientos. Si hay errores, se dejará constancia en el acuse de recibo electrónico para que el Tribunal de la causa subsane los defectos. Si está conforme, se procederá a su impresión.

4. Remisión a la Gaceta Judicial (Art. 5): Cumplidos los pasos anteriores, la Secretaría de la Sala de Casación Social remitirá mediante oficio la copia simple del cartel a la Gaceta Judicial del Máximo Tribunal. Esto se hará dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al acuse de recibo del correo.

5. Efectos procesales (Art. 6): Las publicaciones en la Gaceta Judicial tendrán fuerza de documento público. Surtirán efectos procesales en el expediente una vez vencido el término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la consignación que haga el secretario del Tribunal de la causa (de oficio o a impulso de la parte).

6. Modalidad de publicación (Art. 7): Estas notificaciones se realizarán bajo la modalidad de Gaceta Judicial Extraordinaria.

7. Validez de los medios tradicionales (Art. 8): Es importante destacar que estos lineamientos no impiden que las partes sigan haciendo uso de los medios tradicionales de citación previstos en las leyes procesales.

8. Canales de contacto oficiales (Art. 9): Para la ejecución de estas solicitudes, se habilitó el correo electrónico oficial: notificacionesyedictosscs@tsj.gob.ve y las líneas telefónicas 0212-801.9257 / 0212-801.9258.

9. Monitoreo diario (Art. 10): La Secretaría de la Sala de Casación Social contará con un sistema informático de alerta para la recepción diaria de estos correos, teniendo el deber de revisar la bandeja de entrada al cierre de la jornada.

10. Horarios de recepción (Art. 11): El horario de atención es de 8:30 a.m. a 3:00 p.m. Toda solicitud recibida fuera de este lapso se entenderá como entregada el día hábil siguiente.

Consideraciones Finales

La Sala de Casación Social será la encargada de velar por la correcta implementación de esta Resolución, garantizando así mayor celeridad en los procesos de familia, trabajo y tierras.

El texto íntegro de la Resolución puede ser consultado en el portal histórico del TSJ a través de este enlace: Resolución 2025-0022 del TSJ.


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