Mediante sentencia N° 000466 del 14/10/2022 la Sala de Casación Civil del TSJ,
ratificó que el procedimiento de partición de comunidad, no prevé que se tramiten cuestiones previas, ni reconvención, aduciendo lo siguiente:
"No somos matemáticos, pero resolvemos problemas legales"
Mediante sentencia N° 000466 del 14/10/2022 la Sala de Casación Civil del TSJ,
ratificó que el procedimiento de partición de comunidad, no prevé que se tramiten cuestiones previas, ni reconvención, aduciendo lo siguiente: