Mediante sentencia N° 639 del 22 de octubre de 2025, la Sala de Casación Civil del TSJ aplicó el principio de notoriedad judicial para reconocer una sentencia de exequátur de divorcio que, aunque fue consignada en copia simple e impugnada, era conocida por el tribunal por haber sido dictada por el mismo Juzgado Superior. La Sala fundamentó su decisión en que los jueces pueden conocer de oficio los hechos y decisiones judiciales que se producen en el ámbito de su competencia, incluso mediante medios auxiliares como la página web del TSJ, sin necesidad de que estén formalmente incorporados al expediente, a fin de evitar contradicciones y buscar la verdad jurídica, aduciendo lo siguiente:
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TSJ: Lo depositado en TodoTicket, no forma parte del salario
Mediante sentencia Nro.167 de fecha 21 de abril del 2026, la Sala de Casación Social del TSJ, ratificó que los ingresos pertencientes a bonificaciones alimentarias, no forman parte del salario, por ende, no pueden ser tomados en consideración para el cálculo de los otros beneficios laborales, aduciendo lo siguiente:
Sala Constitucional: Con lugar cumplimiento de contrato de venta. Anula sentencia de la Sala Civil.
Mediante sentencia Nro.464 de fecha 14 de abril del 2026, la Sala Constitucional anula el fallo emitido por la Sala de Casación Civil del TSJ, a traves de la jerarquización de las obligaciones contractuales que dieron lugar a la declaración CON LUGAR de la demanda de cumplimiento de contrato, aduciendo la Sala lo siguiente:
TSJ: Perecido el recurso de casación por falta de técnica
El TSJ ratifica que la casación no es una tercera instancia. Descubre por qué la falta de técnica y la deficiencia argumentativa llevaron al perecimiento del recurso en esta reciente sentencia de 2026.
TSJ: Reposición de la causa, por negligencia del Ad Litem
Mediante sentencia Nro.9 de fecha 18 de febrero 2026, la Sala Constitucional del TSJ, ordenó la reposición de la causa al estado de contestación por incumplimiento de las obligaciones del ad litem, aduciendo lo siguiente:
TSJ: Recurso de Hecho e investigación por violación al Código de Ética del abogado
Mediante sentencia Nro.6 de fecha 13 de febrero del 2026, la Sala de Casación Civil del TSJ, declaró con lugar el recurso de hecho planteado y al mismo tiempo, ordenó una investigación penal y disciplinaria a la abogada recurrente que en el mismo juicio, representó a la parte actora y concluida su participación con esta, representó a la contraparte, lo que originó una decisión interlocutoria que declaró como no presentada la contestación por violación al Código de Ética del Abogado y posteriormente, negada la admisión de la casación por ser una sentencia interlocutoria, aduciendo la Sala para decidir lo siguiente:
TSJ: Exclusión de tiempo del concubinato por matrimonio preextistente
Mediante sentencia Nro.650 de fecha 12 de diciembre del 2025, la Sala de Casación Social, decidió en un juicio mero declarativo concubinario, excluir del tiempo de concubinato el período donde la accionante estuvo casada, aduciendo lo siguiente:
TSJ: Interlocutorias no definitivas no tienen control de legalidad
Mediante sentencia Nro.676 de fecha 15 de diciembre del 2025 la Sala Casación Social del TSJ, ratificó su criterio de que las sentencias interlocutorias no definitivas no pueden ser recurridas a través del control de legalidad, pues el agravio puede ser resuelto en la sentencia definitiva, aduciendo lo siguiente:
TSJ: El bono de alimentación pagado en dolares, no tiene carácter salarial
Mediante sentencia Nro.523 de fecha 13 de noviembre del 2025, la Sala de Casación Social del TSJ, estableció que la bonificación pagada en dólares por la empresa, no tenía carácter remunerativo, sino social, al ser destinada para la alimentación del trabajador, por ende, no era parte del salario, aduciendo la Sala lo siguiente:
La Preferencia Ofertiva en el Derecho Inquilinario Venezolano: Un Análisis por Normativa ⚖️
La preferencia ofertiva es un derecho fundamental que protege al arrendatario en Venezuela ante la intención de su arrendador de vender el inmueble que ocupa. Este derecho otorga al inquilino la potestad de ser el primero en recibir la oferta de venta en igualdad de condiciones con cualquier otro potencial comprador.