Análisis de la reciente sentencia de la Sala de Casación Civil sobre la acción de simulación, la valoración de los alegatos como confesión y las consecuencias del abuso de las facultades de un apoderado.
En la práctica diaria del derecho civil e inmobiliario desde Cedré Soluciones Legales e Inmobiliarias, es frecuente encontrar conflictos derivados del uso de poderes de representación. Uno de los debates más comunes ocurre cuando un apoderado vende una propiedad sin cumplir las instrucciones internas de su mandante y este último intenta anular la venta alegando que el negocio fue «simulado».
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha emitido una sentencia fundamental que deslinda la responsabilidad por abuso de mandato frente a la verdadera naturaleza de la simulación de contratos. A continuación, desglosamos los criterios procesales y sustantivos más relevantes de este fallo.
Ficha Técnica de la Sentencia
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Tribunal: Tribunal Supremo de Justicia (Sala de Casación Civil).
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N° de Expediente: AA20-C-2026-000251.
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Fecha de Decisión: 10 de agosto de 2026.
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Magistrado Ponente: Dr. José Luis Gutiérrez Parra.
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Materia: Juicio por simulación, nulidad de venta e indemnización de daños y perjuicios.
1. El Contexto del Caso: Poder de Disposición y Venta Familiar
El litigio se origina cuando una ciudadana, residenciada en el extranjero, demandó la simulación y nulidad de la venta de un inmueble (Finca «France») ubicado en San Antonio de Los Altos. La actora había otorgado un poder de administración y disposición a un ciudadano (su compadre), quien posteriormente utilizó dicho mandato para venderle la propiedad a su propio hijo por la cantidad de Bs. 15.000.000,00.
La demandante argumentó que el apoderado abusó de sus facultades al no contar con su «aprobación escrita» (como lo exigía el poder), que el precio era vil e irrisorio, y que no recibió el pago. El Juzgado Superior le dio la razón a la actora, declarando la nulidad de la venta por considerarla un acto simulado, argumentando que el demandado abusó del poder y que el precio era irrisorio. Sin embargo, la parte demandada recurrió en casación.
2. El Análisis de la Sala de Casación Civil
El TSJ declaró con lugar el recurso de casación, anulando el fallo del tribunal superior al detectar un vicio de suposición falsa y una errónea aplicación del artículo 1.281 del Código Civil. La Sala fundamentó su decisión en los siguientes criterios clave:
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Los Alegatos no son Confesión Judicial: El tribunal de alzada erró al tomar los argumentos de defensa de los demandados como una «confesión» de simulación. El TSJ reiteró que cuando las partes alegan hechos en su libelo o contestación, no lo hacen con animus confitendi (intención de confesar un hecho adverso), sino para defenderse y fijar los límites del debate (thema decidendum).
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Abuso de Mandato vs. Simulación: Que un apoderado se extralimite o abuse de las formas del mandato al vender sin la debida autorización escrita, configura una responsabilidad civil por exceso en el ejercicio del mandato frente a su mandante (artículos 1.692 y siguientes del Código Civil), pero de ninguna manera constituye prueba plena de que el contrato con el tercero sea simulado. Las limitaciones de instrucciones integran la relación interna del mandato, pero no anulan la validez del acto frente a terceros si el apoderado cuenta con la facultad expresa de disposición en el documento público registral.
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Carga de la Prueba (Precio Vil): La Sala determinó que la actora no cumplió con la carga de probar que el precio de la venta era irrisorio. Para demostrar un «precio vil», era indispensable promover una prueba de experticia o avalúo pericial que determinara el valor del mercado para la fecha del contrato. Pretender usar el monto de una línea de crédito hipotecaria posterior como prueba del valor del inmueble es un error, ya que los créditos responden a la capacidad de pago y políticas bancarias, no exclusivamente al valor comercial de la garantía.
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Carga de la Prueba (Capacidad de Pago): Quien alega la simulación tiene el deber insalvable de probar que el comprador no tenía la capacidad económica para pagar el precio, debiendo aportar pruebas como informes bancarios, lo cual no ocurrió en este caso.
3. Conclusión de la Sala y Decisión Final
Al evidenciar que la parte actora no logró aportar pruebas fehacientes (indicios graves y concordantes) que demostraran la inexistencia de la causa o el concierto fraudulento, el TSJ aplicó la figura de la casación sin reenvío.
El Máximo Tribunal casó totalmente el fallo recurrido, asumiendo jurisdicción sobre el fondo, y declaró SIN LUGAR la demanda de simulación, nulidad de venta e indemnización de daños y perjuicios, condenando en costas a la parte actora.
Esta jurisprudencia es vital para entender que las deficiencias en la relación interna de mandato no se traducen automáticamente en la nulidad de los negocios traslativos de propiedad por simulación, exigiendo un rigor probatorio estricto para desvirtuar la presunción de legitimidad de los contratos.
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