Mediante sentencia N°132 de fecha 2 de mayo del 2024, la Sala de Casación Social del TSJ, la Sala ratifica el criterio jurisprudencial establecido con carácter vinculante por la Sala Constitucional en sentencia N° 1682 del 15 de julio de 2005, y que ha sostenido la Sala de Casación Social en otras decisiones, en el sentido de interpretar ampliamente el concepto de uniones estables de hecho y admitir la figura del concubinato putativo, el cual se configura cuando uno de los concubinos, de buena fe, desconoce la condición de casado del otro, aduciendo lo siguiente: