Mediante sentencia Nro.74 de 27 de febrero del 2026, la Sala de Casación Civil TSJ, ratifica su criterio referido a los requisitos para ser declarada la unión concubinaria y el computo de la misma, ante una unión matrimonial previa, aduciendo lo siguiente:
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TSJ:Es posible una unión estable de hecho con una persona casada
Mediante sentencia N°132 de fecha 2 de mayo del 2024, la Sala de Casación Social del TSJ, la Sala ratifica el criterio jurisprudencial establecido con carácter vinculante por la Sala Constitucional en sentencia N° 1682 del 15 de julio de 2005, y que ha sostenido la Sala de Casación Social en otras decisiones, en el sentido de interpretar ampliamente el concepto de uniones estables de hecho y admitir la figura del concubinato putativo, el cual se configura cuando uno de los concubinos, de buena fe, desconoce la condición de casado del otro, aduciendo lo siguiente: