Mediante sentencia N°0600 de fecha 26 de octubre del 2022, la Sala Político Administrativa declaro que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos intentada por un supuesto trabajador de plataforma digital, aduciendo lo siguiente:
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TSJ: Naturaleza de los salarios caídos
Mediante sentencia N° 165 del 14 de mayo de 2021, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, señaló que los salarios dejados de percibir constituyen una indemnización que, como compensación por el despido sin causa legal que lo justifique, debe pagarle el patrono a su trabajador para cubrir cualquier daño causado al haberlo privado arbitrariamente de su sustento diario y, por tal razón, tiene el derecho a que dicha indemnización sea calculada con base en el salario que hubiera devengado durante los días en que éste estuvo separado de su empleo. Particularmente, se afirmó que: