Mediante sentencia N°00346 de fecha 18 de noviembre del 2021 la Sala Político Administrativa determinó que el Poder Judicial si tiene Jurisdicción en acción de divorcio frente al Tribunal Francés, aduciendo lo siguiente:
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TSJ: Los jueces deben beneficiar la admisión de la acción (Principio Pro Actione)
Mediante sentencia N° 117 del 22 de octubre de 2020, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, reiteró que, las condiciones y requisitos de acceso a la justicia no deben imposibilitar o frustrar injustificadamente el ejercicio de la acción a través de la cual se deduce la pretensión, toda vez que el propio derecho a la tutela judicial efectiva garantiza la posibilidad de ejercicio eficiente de los medios de defensa, así como una interpretación de los mecanismos procesales relativos a la admisibilidad que favorezca el acceso a los ciudadanos a los órganos de justicia. En particular, la Sala reafirmó lo siguiente: