Mediante sentencia Nº292 de fecha 8 de agosto del 2025, la Sala de Casación Social del TSJ, ratificó el criterio sobre el alcance del despacho saneador, el cual es asegurar que la demanda y los actos procesales estén libres de errores formales que puedan provocar futuras nulidades o reposiciones, lo que contribuye a la celeridad y eficacia de la justicia, por lo que, no pueden suplir las obligaciones que competen exclusivamente a las partes, aduciendo lo siguiente:
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Laboral:¿Subsano o reformo la demanda?
El Juez Laboral tiene dentro de sus facultades, revisar que la demanda contenga los requisitos establecido en el art.123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de darse el caso, ordenar corregir dicho libelo de conformidad con lo establecido en el art.124 Loptra.
TSJ: Despacho saneador en acciones de Amparo Constitucional
Mediante sentencia N° 314 del 22 de julio de 2021, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, estableció que en caso de que en las acciones de amparo constitucional faltase el documento que acredite la representación del accionante el juez debe ordenar su corrección de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Al respecto, se precisó lo siguiente: