¿En qué oficina del SENIAT debo declarar la sucesión?

Cuando fallece un ser querido, una de las gestiones más importantes que deben realizar los herederos es la declaración sucesoral, un trámite ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). La correcta declaración y pago del impuesto sobre sucesiones es crucial para evitar sanciones y poder disponer legalmente de los bienes de la herencia.

Secreto para solucionar cualquier problema legal

Hablar de problemas legales, necesariamente es hablar de soluciones.

Todo problema legal tiene su complejidad, costo y tiempo para su resolución.

Por eso, solo una mentalidad informada, educada, motivada y consciente esta preparada para abordar las multiples, limitaciones, barreras y complejidades a sortear hasta la conquista del objetivo.

SENIAT: prórroga al plazo de la declaración sucesoral

En algunas oportunidades, existen algunas circunstancias que impiden que el plazo de ciento ochenta (180) días hábiles establecidos por Ley, no sea suficiente para realizar la declaración sucesoral, por eso el artículo 33 de la Ley de Impuestos, Donaciones, Sucesiones y otros ramos conexos que el contribuyente, permite que se pueda solicitar prorrogas para extender el plazo de declaración, con el objeto que el heredero o legatario no caiga en la circunstancia de multas o intereses moratorios por causas de extemporaneidad en la declaración:

¿Qué pasivos se pueden señalar en la declaración sucesoral?

Una declaración Sucesoral, no solamente comprende activos sino también los pasivos. Al respecto, es necesario citar lo dispuesto en el artículo 25 de Ley de Impuestos sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos: Artículo 25: Constituyen el pasivo de la herencia: 1.- Las deudas que existan a cargo del causante para el momento de laSigue leyendo «¿Qué pasivos se pueden señalar en la declaración sucesoral?»

¿Cómo probar la vivienda principal en una sucesión?

Uno de los bienes que están exonerados del pago de impuestos en la declaración sucesoral es la vivienda principal, por eso, hoy te dejamos las dos formas posibles para poder demostrar esta exoneración ante el SENIAT.