TSJ: Lapso para interponer una demanda por abstención o carencia administrativa

Mediante la sentencia Nº507 de fecha 18 de julio del 2024, la Sala Política Administrativa, estableció que en el caso de marras el lapso para responder de la administración era de 20 días y no de 180 días, aduciendo lo siguiente: “Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la admisión de la demanda por abstención ejercida por laSigue leyendo «TSJ: Lapso para interponer una demanda por abstención o carencia administrativa»

TSJ:Exigibilidad con carácter retroactivo del pago de la obligación de manutención

Mediante sentencia Nº 528 de fecha 5 de diciembre del 2023, la Sala de Casación Social del TSJ,  consideró injusto la aplicación de las normas que establecen la edad de 18 años como fecha límite, a partir de la cual cesan las obligaciones de manutención de los padres para con sus hijos, argumentando sobre la subsistencia de una responsabilidad de los padres, quienes tendrían el  deber de coadyuvar con el desarrollo de vida del joven, y los intereses del Estado en favorecer la elevación intelectual de vida de sus ciudadanos, ello para reconocer el derecho del joven ya adulto, a recibir un pago por concepto de pensión de manutención, que en principio se debe solamente durante la minoridad de los hijos, aduciendo lo siguiente:

TSJ: La consulta como prerrogativa procesal de la República

Mediante sentencia Nº 1.856 de fecha 8 de diciembre del 2023, la Sala Constitucional del TSJ, estableció que la consulta no está concebida como un medio de impugnación de las sentencias, ya que desvirtuaría el sentido y alcance del artículo 259 constitucional, en especial porque reportaría ventajas excesivas a los órganos o entes de la Administración Pública beneficiados de tal prerrogativa frente a las personas, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Los herederos no pueden ser parte en el juicio si no se ha demostrado en el proceso la muerte del causante

Mediante la sentencia Nº496 de fecha 14 de agosto del 2024, la Sala de Casación Social, estableció que los herederos no pueden ser parte en el juicio si no se ha demostrado en el proceso la muerte del causante, aduciendo lo siguiente:

TSJ:La mediación es un medio alternativo de solución de conflictos procedente en casación

Mediante sentencia Nº 469 de fecha 9 de octubre del 2024, la Sala de Casación Social, acuerda instaurar una mesa de mediación, accediendo a la solicitud de una de las partes, aduciendo lo siguiente:

TSJ: El pago de las obligaciones, carga de la prueba y requisitos

Mediante sentencia Nº 520 de fecha 03 de octubre del 2024, la Sala de Casación Civil del TSJ, analizó los elementos del pago y los requisitos relativos a la identidad, integralidad y sujeto que lo realiza, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Salario pagado en bolívares y en dólares

La Sala de Casación Social del TSJ, mediante  sentencia N° 478 del 29-10-24, desestimó la necesidad de notificar a la PGR, desechó la existencia del Fraude Procesal y determinó que la demandante devengó un salario pagado una parte en Bs y otra parte pagada en moneda extranjera, aduciendo lo siguiente:

TSJ:La sentencia como título suficiente de propiedad

Mediante sentencia Nº 555 de fecha 18 de octubre del 2024, la Sala de Casación Civil del TSJ, establece que ante la negativa del vendedor de dar cumplimiento a la sentencia definitiva, autoriza a inscribir la sentencia definitiva en el Registro Inmobiliario para que la sentencia haga las veces de título de propiedad del inmueble, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Inepta acumulación de pretensiones de desalojo y cobro de cánones de arrendamiento vencidos

Mediante sentencia Nº 522 de fecha 3 de octubre del 2024, la Sala de Casación Civil del TSJ, ratifica el criterio de inepta acumulación de pretensiones, cuando se demande el desalojo de un inmueble y el cobro de los cánones de arrendamiento, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Prueba de exhibición en el proceso laboral

Mediante sentencia Nº474 del 16 de octubre del 2024, la Sala de Casación Social del TSJ, consideró que la parte actora no cumplió con los requisitos previstos en el artículo 82 de la LOPT, en el que se regula la prueba de exhibición de documentos, aduciendo lo siguiente: