Mediante sentencia Nro.676 de fecha 15 de diciembre del 2025 la Sala Casación Social del TSJ, ratificó su criterio de que las sentencias interlocutorias no definitivas no pueden ser recurridas a través del control de legalidad, pues el agravio puede ser resuelto en la sentencia definitiva, aduciendo lo siguiente:
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TSJ: Principio igual trabajo e igual salario
Mediante sentencia Nº 731, de fecha 25/07/2016 la Sala de Casación Social resolvió el Recurso de control de legalidad en el proceso que por diferencia y ajuste salarial sigue JORGE ANTONIO CHOPITE FUENTES contra LA VIDA EN VIDRIO y otros, señalando que el demandante no estableció y probó las condiciones necesarias para determinar si existió o no violación del principio de igual salario por igual trabajo (la no discriminación e igualdad, según el art. 89.5 CRBV, Convenios 100 y 111 OIT, artículos 100.4 y 109 y LOTTT, 9.e y 12, 13 y 14 RLOT). Para fijar el monto de salario se tendrá en cuenta el principio de igual trabajo igual salario y beneficios. No obstante, la normativa laboral reconoce se establezcan diferenciaciones o supuestos excluidos de “discriminación” o no violatorio del principio de no discriminación arbitraria, en función de evaluaciones de desempeño por productividad o privilegios fundamentados en criterios de relevancia cónsonos con el ordenamiento jurídico y de carácter general en el ámbito de la empresa, tales como cargas familiares, antigüedad al servicio del patrono, capacitación profesional, productividad, asiduidad, economía de materias primas, afiliación sindical y otros de naturaleza análoga. Declarando así Con Lugar el recurso de control de legalidad aduciendo entre otras cosas lo siguiente: