TSJ: Pago de beneficios laborales en Dólares

La Sala de Casación Social del TSJ en la sentencia N° 36 del 15.3.2022 ratificó su doctrina sobre el pago del salario y los beneficios laborales con base en una moneda extranjera, por aplicación del artículo 128 del DLOBCV, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Suspensión de la relación de trabajo

Mediante sentencia N° 171 del 26 de octubre de 2021, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, señaló que cualquier relación de trabajo quede en suspenso cuando ocurra alguno de los supuestos previstos en la norma, específicamente en el caso del literal i del artículo 72 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, caso fortuito o fuerza mayor, es decir, situaciones que no se originan o provienen del patrono o del trabajador, sino que son causas que se encuentran directamente relacionadas con la actividad de la entidad de trabajo, que impiden su funcionamiento, obligando a la suspensión temporal de la relación laboral, caso en el cual, el patrono tiene la obligación de solicitar la correspondiente autorización de cese temporal de las actividades a la Inspectoría del Trabajo, teniendo un plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir del momento que se sucedieron los hechos que impiden el funcionamiento de la empresa. Al respecto, se determinó que:

TSJ: No existe tercerización si no hay relación laboral entre las partes

Sentencia Nº 92 Fecha: 26/02/2016.

Caso: Recurso de casación de las partes en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales que sigue MARIA RINA DI MARTINO PATRIARCA contra el GRUPO DE ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS ALTO CENTRO y CLÍNICAS RESCARVEN.

La Sala Consideró que no existió tercerización, porque el demandante prestó servicios para una contratista pero la relación jurídica que existió entre las partes no era una relación laboral. Se hacen consideraciones sobre la tercerización, la presunción de laboralidad y otros conceptos.

Decisión: Con lugar el recurso de casación; Anula el fallo recurrido; Sin lugar la demanda.

TSJ: Responsabilidad subjetiva del patrono por infortunios laborales

Mediante sentencia N° 188 del 28 de mayo de 2021, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, destacó que la responsabilidad subjetiva del empleador encuentra su fundamento remoto en la responsabilidad civil extracontractual, erigida bajo la égida de la Ley Aquileana, caracterizada por el aforismo “in lege aquilea et culpa levissima venit” (en la Ley Aquilea se responde hasta por la culpa más leve). Empero, es oportuno aclarar que esta responsabilidad se extiende en la medida en que el hecho dañoso haya sido producto del riesgo, ya que se admite la atenuación cuando exista una comunidad de la responsabilidad por el hecho determinante del afectado y, asimismo, dada esa relación de causalidad necesaria, se admite en esta responsabilidad la exclusión por caso fortuito o fuerza mayor, siempre que no hubiere concurrido ningún riesgo especial. Al respecto, se precisó que:

¿Cuáles son las implicaciones legales al pago del salario en dólares?

Motivado al proceso de dolarización de Venezuela, el pago del salario no se ha quedado atrás. Por eso, aquí te dejamos algunas implicaciones de pagar el salario o utilizando como referencia el dólar norteamericano:

TSJ: Despido del trabajador por falta de probidad

Mediante sentencia N° 182 del 24 de noviembre de 2020, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, reiteró que no es necesario que se dicte una sentencia penal previamente, para calificar que el trabajador incurrió en una falta de probidad en el trabajo, de manera de proceder a su despido por esa causa. Al respecto, se señaló que:

TSJ: Condena al pago de concepto laborales en dólares estadounidenses

La Sala de Casación Social mediante sentencia N°0127 de fecha 10 de diciembre del año 2020 declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano FERNANDO JODRA TRILLO; contra las sociedades mercantiles TECNOLOGIA SMARTMATIC DE VENEZUELA, C.A., SMARTMATIC PROJET MANAGEMENT CORPORATION, SMARTMATIC DEPLOYMENT CORPOTATION, SMARTMATIC INTERNATIONAL CORPORATION, SMARTMATIC INTERNATIONAL HOLDING N.V., SMARTMATIC INTERNATIONAL GROUP, N.V, condenando a la parte demandas al pago de conceptos laborales utilizando como referencia el Dolar del los Estados Unidos de Norte America, aduciendo entre otras cosas lo siguiente: