TSJ: Nulidad de contrato

La Sala de Casación Social del TSJ en la sentencia N° 416 del 14.8.24, declaró la nulidad del contrato, porque los padres del menor de edad, no contaban con la autorización regulada en el artículo 267 del Código Civil, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Validez de contrato con Academia de Béisbol

Mediante sentencia N°412 de fecha 14/08/24 la Sala de Casación Social del TSJ declaró la validez del contrato firmado por los padres del menor de edad con la Academia de Béisbol, además ordenó que se debía pagar el 45% del valor del bono a la firma a la Academia, aduciendo lo siguiente:

Laboral:¿Subsano o reformo la demanda?

El Juez Laboral tiene dentro de sus facultades, revisar que la demanda contenga los requisitos establecido en el art.123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de darse el caso, ordenar corregir dicho libelo de conformidad con lo establecido en el art.124 Loptra.

TSJ: En los casos de acciones de retracto legal arrendaticio debe demandarse al arrendador–vendedor y al nuevo comprador

Mediante sentencia N°51 de fecha 19 de marzo del 2021, la Sala de Casación Civil del TSJ, estableció que en los casos de acciones de retracto legal arrendaticio por indebida o inexistente oferta preferencial, debe demandarse tanto al arrendador–vendedor como al nuevo comprador, aduciendo lo siguiente:

TSJ: El Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer del reclamo por cestaticket

Mediante sentencia Nº 469 de fecha 27 de junio del 2024, la Sala Político Administrativa del TSJ, declaró que el Poder Judicial tiene Jurisdicción para conocer de la demanda de pago de cestaticket, aduciendo lo siguiente:

Requisitos: Compra-venta de inmueble

Realizar una compra venta de un inmueble en el Registro Inmobiliario, no solo depende de llevar un documento de venta hecho por un abogado, por eso, te dejamos la lista de los requisitos que deberás presentar:

TSJ: Lapso para interponer una demanda por abstención o carencia administrativa

Mediante sentencia Nº507 de julio de 2024, la Sala Político Administrativa ratifico que el lapso de caducidad para interponer una demanda por abstención o carencia administrativa, comienza al vencimiento de los 20 días hábiles que tiene la administración para contestar las peticiones que no requieren sustanciación:

TSJ:El medio idóneo para la impugnación de una medida cautelar es la oposición de acuerdo al art. 466 de la LOPNNA

Mediante sentencia N°31 de fecha 11 de marzo del 2024, la Sala de Casación Social del TSJ, señaló que el medio idóneo para la impugnación de una medida cautelar es la oposición de acuerdo al art. 466 de la LOPNNA, aduciendo lo siguiente: