En Gaceta Oficial Extraordinaria N°6.668 de fecha 16 de diciembre de 2021 fue publicada la reforma a Ley de Registros y Notarías dónde se modfifica todos los pagos de tasas y aranceles en Notarías y Registros (tanto civiles como mercantiles) que ahora serán calculados en base al petro; desde el pago de una copia simple hasta el registro de una empresa, incluyendo cualquier negocio jurídico con inmuebles y vehículos, notas marginales, rectificación de actas de nacimiento, declaraciones de voluntad, legalización de actas de nacimiento u otras, testamentos, poderes, entre otros.
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El futuro del Derecho está en la blockchain
Seguramente has eschuchado alguna vez sobre el Bitcoin y las criptomonedas, pero pocas veces se dice la magia que está detrás de eso: «La tecnología blockchain».
TSJ: Las capitulaciones matrimoniales pueden suscribirse después del matrimonio
La Sala Constitucional del TSJ mediante sentencia N°0652 de fecha 26 de noviembre del 2021, estableció con carácter vinculante la siguiente interpretación sobre el régimen de las capitulaciones matrimoniales aduciendo lo siguiente:
TSJ: Resolución sobre el Receso Judicial
Caracas, 1° de diciembre de 2021 209° y 160° RESOLUCIÓN N° 2021-00019 De conformidad con los artículos 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, compete al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, asíSigue leyendo «TSJ: Resolución sobre el Receso Judicial»
TSJ: conversión de la demanda de $ a Bs.
Mediante sentencia N° 99 del 16 de diciembre de 2020, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, señaló que exigir que en el libelo se conviertan los conceptos demandados de dólares americanos a bolívares es un formalismo que de exigirse violará la tutela judicial efectiva, si el juez de la causa declarase la inadmisibilidad de la demanda por esa razón. En concreto, se razonó lo siguiente:
TSJ: NO PROCEDE LA INDEXACIÓN CUANDO SE ACUERDA EL NEGOCIO JURÍDICO EN MONEDA EXTRANJERA
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia N° 628 dictada en fecha 11 de noviembre de 2021, ratificó que no procede la indexación cuando se trata de una obligación en moneda extranjera, así señaló:
TSJ: El Poder Judicial si tiene Jurisdicción en demanda de divorcio
Mediante sentencia N°00346 de fecha 18 de noviembre del 2021 la Sala Político Administrativa determinó que el Poder Judicial si tiene Jurisdicción en acción de divorcio frente al Tribunal Francés, aduciendo lo siguiente:
Tribunales: Suspenden decomiso a mineros por parte de la SUNACRIP
Mediante sentencia N° 2021-226 de fecha 03/11/2021 el Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por los abogados Alfonso Bortone Laporte y Carlos José Marín Santeliz, en representación de la sociedad mercantil SIERRAMOROS, C.A., contra la Intendencia de Minería Digital y Procesos Asociados de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CRIPTOACTIVOS Y ACTIVIDADES CONEXAS (SUNACRIP). 2.- ADMITE de forma provisional la demanda interpuesta. 3.- Declaró PROCEDENTE la medida de amparo cautelar, y en consecuencia: SUSPENDIÓ los efectos de los autos de medidas preventivas impuestas por la Intendencia de Minería Digital y Procesos Asociados de la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP), en los procedimiento signados con los números SUNACRIP-IMD-2021-0164 y SUNACRIP-IMD-2021-0172 de fechas 13 y 15 de octubre, aduciendo los siguiente:
TSJ: La “sumisión tácita” del Divorcio por Mutuo Consentimiento
Mediante sentencia N° 303 del 04/11/2021 la Sala Político Administrativa del TSJ determinó que EL PODER JUDICIAL VENEZOLANO SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento de Venezolanos en el Extranjero, aduciendo lo siguiente:
TSJ: Suspensión de la relación de trabajo
Mediante sentencia N° 171 del 26 de octubre de 2021, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, señaló que cualquier relación de trabajo quede en suspenso cuando ocurra alguno de los supuestos previstos en la norma, específicamente en el caso del literal i del artículo 72 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, caso fortuito o fuerza mayor, es decir, situaciones que no se originan o provienen del patrono o del trabajador, sino que son causas que se encuentran directamente relacionadas con la actividad de la entidad de trabajo, que impiden su funcionamiento, obligando a la suspensión temporal de la relación laboral, caso en el cual, el patrono tiene la obligación de solicitar la correspondiente autorización de cese temporal de las actividades a la Inspectoría del Trabajo, teniendo un plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir del momento que se sucedieron los hechos que impiden el funcionamiento de la empresa. Al respecto, se determinó que: