TSJ: TEST DE LA LABORALIDAD

Mediante sentencia Nro.489 de la Sala de Casación Social del TSJ de fecha 13 de agosto del 2002, la Sala publica una de la sentencias más icónica en el Derecho Laboral Venezolano, donde se establece los parámetros para poder calificar una relación laboral (Test de laboralidad), contenida en la siguiente fundamentación:

TSJ: Reposición de la causa por NO ser citada la cónyuge del demandado

Mediante sentencia Nro.796 de fecha 5 de diciembre del 2025, la Sala de Casación Civil del TSJ, repone la causa al estado de que se cite a la cónyuge del demandado a fin de que esta, pueda solicitar la reposición de la causa al estado de contestación o ratificar las actuaciones procesales, aduciendo lo siguiente:

TSJ RESOLUCIÓN N° 2025-0022: Lineamientos para la práctica de citaciones y notificaciones en materias de protección de NNA, laboral y agraria

TSJ RESOLUCIÓN N° 2025-0022: Lineamientos para la práctica de citaciones y notificaciones en materias de protección de NNA, laboral y agraria

Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores

Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores.CONVENCION
MONTEVIDEO, 15 de Julio de 1989

TSJ: Indetermiación del inmueble en el proceso de desalojo

Mediante sentencia Nº 1580 de fecha 15 de octubre del 2025, la Sala Constitucional determinó la nulidad de la sentencia por indetreminación objetiva por no señalar la descripción del inmueble objeto de desalojo, aduciendo lo siguiente:

TSJ: Falta de cualidad por no acompañar el acta de la compañía con el poder

Mediante sentencia Nº 1719 de fecha 3 de noviembre del 2025, la Sala Constitucional del TSJ, estableció que al no acompañarse el acta ordinaria o extraordinaria junto al poder para verificar, la cualidad del accionante, la acción de amparo debe ser inadmitida, aduciendo lo siguiente:

TSJ:Impugnación y cotejo de copias

Mediante sentencia de fecha (27) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023), en el Exp. AA20-C-2022-000201, la Sala estableció que necesariamente debe ratificarse una copia simple que ha sido impugnada durante el juicio a traves de la presentación de la copia certificada u original, a traves del cotejo,aduciendo lo siguiente: